lunes, 20 de septiembre de 2010

Información sobre los Consejos Comunales parte I



 

 ¿Qué son los Consejos Comunales?

 

La Ley Orgánica de los Consejos Comunales fue  promulgada en Gaceta Oficial No. 39335 el 28 de diciembre de 2009 y  en su artículo 2º afirma que los Consejos Comunales son instancias de participación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas  y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción  de una sociedad  de igualdad, equidad y justicia social.

 

En su artículo 3º, la Ley establece que "La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, solidaridad, identidad nacional, libre debate de ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad,  transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género", con el fin de establecer la base sociopolítica de un nuevo modelo político, social, cultural y económico.

 

A los fines de su funcionamiento, el consejo Comunal está integrado por:

 

1.- La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas; donde participan todos los habitantes  residentes del ámbito geográfico del Consejo Comunal (Terrazas del Club Hípico, Brisas del Prado, Parque Humboldt y Los Riscos) mayores de 15 años;

 

2.- El Colectivo de Coordinación comunitaria; integrado por todos los voceros y voceras electos por la Comunidad; que conforman las siguientes unidades:

 

a- La Unidad Ejecutiva, conformada a su vez por los Comités de trabajo;

 

b- La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria, y,

c.- La Unidad de Contraloría Social.

 

En las diversas unidades y comisiones de trabajo pueden participar cualquiera de los habitantes de la Comunidad, según sus capacidades y potencialidades,  a fin de desarrollar y llevar a cabo los proyectos destinados a satisfacer las necesidades de la Comunidad.  

 
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Cordialmente,
 
José Manuel Sarmiento M:
Comité de Comunicación y Tecnología
Consejo Comunal Terrazas del Club Hípico, Brisas del Prado, Parque Humboldt y Los Riscos
CCTEBRIPAR
 

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